Ayudas 2026

Ayudas para Instalar tu Cargador: Plan MOVES en Sevilla y Andalucía

Te contamos qué ayuda puedes pedir de verdad hoy para tu punto de recarga: el Plan MOVES para instalación ya cerró, pero la deducción del 15% en el IRPF sigue vigente. Sin prometerte una subvención que ya no existe.

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Plan MOVES

El Plan MOVES para instalar el punto de recarga ya no está disponible

El Plan MOVES III, que incluía ayuda directa para instalar puntos de recarga, cerró su plazo de solicitudes el 31 de diciembre de 2025 y no admite peticiones nuevas. El marco que lo sustituye a nivel estatal, el Plan Auto+ dentro de la estrategia España Auto 2030, se centra por ahora en incentivar la compra del vehículo eléctrico, no la instalación del cargador doméstico.

Si en algún momento se abre una nueva línea con ayuda para instalación, la añadiremos a esta página. Mientras tanto, preferimos decírtelo así de claro antes que prometerte una subvención que ya no existe.

Fiscalidad — la ayuda vigente

Deducción del 15% en el IRPF por instalar tu punto de recarga

Hacienda mantiene una deducción del 15% en el IRPF por instalar un punto de recarga en tu vivienda particular, vigente hasta el 31 de diciembre de 2026, sobre una base máxima de 4.000 € (deducción máxima aproximada de 600 €).

Es la ayuda con la que sí puedes contar hoy. Se aplica directamente en tu declaración de la renta, no requiere una solicitud previa a ningún organismo.

Requisitos habituales:

  • Pago por transferencia, tarjeta u otro medio bancario — no en efectivo
  • Uso particular, no afecto a una actividad económica
  • Instalación en un inmueble de tu titularidad
  • Disponer de factura y del boletín (Certificado de Instalación Eléctrica)

Consulta con tu asesor fiscal

Esta es una guía orientativa, no asesoramiento fiscal. Cada declaración tiene matices, así que confirma con tu asesoría cómo aplicar la deducción a tu caso concreto antes de presentarla.

Ámbito autonómico

Ayudas de la Junta de Andalucía: pendientes de nueva convocatoria

La línea autonómica de ayudas a la recarga de vehículo eléctrico está pendiente de una nueva publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA). La Agencia Andaluza de la Energía es el organismo oficial que gestiona estas convocatorias cuando están abiertas, y la fuente que consultamos para confirmar su estado.

Si quieres que te avisemos en cuanto se reabra una convocatoria que te pueda interesar, indícalo en el formulario y te contactamos.

Según tu caso

Qué opción tienes según el tipo de instalación

Con el Plan MOVES cerrado, lo que cambia es qué vía te corresponde según quién instala y para qué.

Vivienda particular

Es el caso claro para la deducción del 15% en el IRPF: instalación en tu vivienda, a tu nombre, para uso particular.

Ver instalación en casa →

Garaje comunitario

Si la plaza es de tu titularidad, en principio también puedes aplicar la deducción del IRPF a tu instalación individual. Confírmalo con tu asesor fiscal.

Ver instalación en garaje comunitario →

Empresas y flotas

No hay ahora mismo una línea de ayuda estatal específica para empresas. La inversión se puede amortizar según el Impuesto de Sociedades; consulta con tu asesoría el tratamiento que le corresponde.

Ver instalación para empresas → · Ver instalación para flotas →

Si se abre una nueva convocatoria estatal o autonómica que cubra carga rápida, baterías de almacenamiento o instalaciones de empresa, actualizaremos esta página.

El proceso

Cómo dejar tu instalación lista para la deducción, paso a paso

Paso 1

Presupuesto y visita técnica

Valoramos tu instalación y te confirmamos si tu caso encaja con los requisitos de la deducción del IRPF.

Paso 2

Pago por medio bancario

El pago de la instalación debe hacerse por transferencia, tarjeta u otro medio distinto al efectivo para poder justificarlo.

Paso 3

Instalación

Instalamos el cargador y tramitamos el boletín (Certificado de Instalación Eléctrica).

Paso 4

Documentación para tu declaración

Te entregamos factura y boletín. Guárdalos y llévalos a tu asesor fiscal para aplicar la deducción en la renta del ejercicio correspondiente.

Información actualizada a julio de 2026; la vigencia de las ayudas puede cambiar. Verifica en la Agencia Andaluza de la Energía y en la Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT) antes de solicitar o aplicar cualquier ayuda o deducción.

Preguntas frecuentes

Dudas sobre ayudas y subvenciones

No. El Plan MOVES III para instalación de puntos de recarga cerró su plazo de solicitudes el 31 de diciembre de 2025 y no admite nuevas peticiones. El nuevo marco estatal de ayudas a la movilidad, el Plan Auto+ dentro de la estrategia España Auto 2030, se centra por ahora en la compra del vehículo eléctrico, no en la instalación del punto de recarga doméstico.
Hacienda mantiene una deducción del 15% en el IRPF por instalar un punto de recarga en tu vivienda particular, vigente hasta el 31 de diciembre de 2026, sobre una base máxima de 4.000€ (deducción máxima aproximada de 600€). Debes conservar la factura y el boletín (CIE) y haber pagado por un medio distinto al efectivo.
En líneas generales: pagar la instalación por transferencia, tarjeta o un medio que deje rastro bancario (no en efectivo), que sea para uso particular y no afecto a una actividad económica, que el inmueble sea de tu titularidad, y disponer de la factura y el Certificado de Instalación Eléctrica. Confirma con tu asesor fiscal que tu caso concreto cumple todos los requisitos.
La línea autonómica de ayudas a la recarga está pendiente de una nueva publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA). La Agencia Andaluza de la Energía es el organismo oficial que gestiona estas convocatorias cuando están abiertas. Si quieres que te avisemos en cuanto se reabra, dínoslo en el formulario.
En principio sí, si la plaza es de tu titularidad y la instalación cumple el resto de requisitos (pago no en efectivo, factura y boletín), pero cada caso puede tener matices. Te recomendamos confirmarlo con tu asesor fiscal antes de presentar la declaración.
Ahora mismo no hay una línea de ayuda estatal específica vigente para instalaciones de empresa. La inversión se puede amortizar según la normativa del Impuesto de Sociedades; consulta con tu asesoría el tratamiento que le corresponde. Si se abre una convocatoria específica para empresas, actualizaremos esta página.
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